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Esto es lo que se sabe del proyecto de ley sobre trabajo remoto

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Esto es lo que se sabe del proyecto de ley sobre trabajo remoto

En Plenaria de Cámara fue aprobado en segundo debate el proyecto de ley que establece la modalidad de trabajo remoto, iniciativa de autoría del representante Alfredo Deluque y el senador Andrés García Zuccardi.

El articulado del proyecto contempla que esta nueva modalidad contractual implica una vinculación laboral directa y formal, con el reconocimiento de los derechos y garantías derivadas de un contrato formal, evitando precarizar el trabajo.

“Atendiendo la necesidad de proteger a los trabajadores que, en su gran mayoría, se encuentran en la informalidad, frente a la regulación laboral colombiana, este proyecto busca proteger a dicho sector de los abusos que se cometen precisamente por falta de regulación frente a sus condiciones de trabajo” señala la iniciativa legislativa del representante del Partido de la Unidad.

La iniciativa establece que quienes se vinculen mediante trabajo remoto tendrán los mismos derechos económicos que todos los trabajadores, incluidas las garantías sindicales.

Igualmente, contempla que no existirá un lugar específico para la ejecución de las labores y flexibiliza todas las etapas contractuales y precontractuales, de tal manera que, el trabajador virtual podrá decidir cuánto tiempo y en qué momento presta sus servicios, siempre en consenso con el empleador.

El representante Deluque afirmó que el proyecto cobra especial relevancia en la coyuntura actual que atraviesa el mundo que demanda cambios en la utilización de los espacios de trabajo y jornadas laborales.

“Este es un proyecto oportuno para el momento que estamos viviendo, un proyecto que tiene la mejor intención, que busca reafirmar los derechos de los trabajadores e incluso no pretender que se sigan disfrazando los contratos laborales a través de contratos de prestación de servicios por las deficiencias que existen para que este método de contratación pueda darse de la mejor manera” afirmó.

Al tratarse de un contrato laboral no presencial, las empresas no están en obligación de brindar dotación de calzado y vestido ni auxilio de transporte, sin embargo, este último será proporcional en caso tal de acordar un encuentro presencial entre las partes.

En materia de Seguridad Social, las autoridades competentes diseñarán e implementarán un formulario único de afiliación al Sistema General de Seguridad Social que permita a los trabajadores inscribirse virtualmente. Tanto las obligaciones (aportes) como las garantías de la seguridad social serán las mismas que las consignadas en las normas vigentes, por lo tanto, las ARL tendrían la responsabilidad de brindar apoyo de manera remota.

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