La Corte Constitucional estableció que los beneficiarios del subsidio de vivienda víctimas del conflicto armado interno y que, como consecuencia del desplazamiento forzado hayan perdido su casa, se podrán volver a postular para acceder a este subsidio.

Esta decisión fue tomada al resolver una demanda contra la Ley que crea el Sistema Nacional de Vivienda de Interés Social, y que establece que los colombianos solo pueden solicitar el subsidio de vivienda una sola vez.

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La Corte Constitucional les dio la razón a los demandantes que argumentaron que el Congreso solo había tenido en cuenta a las víctimas que sufrieron atentados terroristas, pero excluyó a quienes perdieron o abandonaron su vivienda como consecuencia del conflicto armado interno.