Publicidad
  • Dólar (TRM)$ 3.964,59
  • Euro$ 4.244,34
  • MSCI COLCAP1.349,93
  • Petróleo (Brent)US$ 89,41
  • Petróleo (WTI)US$ 83,93
  • Café (lb.)US$ 2,26
  • Oro (oz.)US$ 2.352,50
  • UVR$ 365,74
  • DTF E.A. (90d)10,49%
Política

Detalles del fallo de la Corte Constitucional sobre el Nuevo Liberalismo

Publicidad
Corte Constitucional

Este viernes la Corte Constitucional publicó la sentencia que le otorga la personería jurídica al partido Nuevo Liberalismo, dos meses después de que se adoptara la decisión en la Sala Plena.

Este fallo le permite a otras extintas colectividades aspirar al mismo reconocimiento de cara a las elecciones de 2022. Pero sólo podrán aplicar las colectividades que hayan desaparecido, por condiciones iguales o similares a las del partido fundado por Luis Carlos Galán.

Quizás le interese: Inicia segunda fase de la estrategia de Sistema Seguro en Cundinamarca, Santander y Tolima

“Esta Sentencia producirá efectos inter comunis, para aquellos Partidos, Movimientos políticos o terceros que hubieren estado o estén en similares condiciones del Partido Nuevo Liberalismo según los hechos de violencia iguales o parecidos a los que fueron analizados en esta providencia y que afectaron su permanencia en las contiendas electorales a partir de 1988, para que puedan hacer parte de la apertura democrática en las próximas elecciones de 2022”; dice la decisión.

“Para tal efecto, dentro de los diez (10) días siguientes a la notificación de esta sentencia, el Consejo Nacional Electoral además de reconocer la personería jurídica al Partido Nuevo Liberalismo, deberá también reconocerla a los demás terceros beneficiarios a los que se les aplique esta misma providencia. Frente a los partidos y movimientos que acrediten los elementos para ser beneficiarios de la presente sentencia, el Consejo Nacional Electoral recibirá las solicitudes como “aceptaciones” y procederá a decidir de fondo”; agrega el fallo.

Lea también: Talibanes decapitaron a una jugadora de voleibol y publicaron imágenes del crimen

El fallo también permite que los antiguos cuadros directivos del Nuevo Liberalismo, que hoy estén en otras colectividades, puedan retornar al partido sin que sean sancionados por doble militancia.

“Quedarán exceptuados de la obligación de haber renunciado a la curul que actualmente ocupan en representación de otros Partidos, al menos con 12 meses antes del primer día de inscripción, quienes fueron sus fundadores, integrantes de sus cuerpos directivos o elegidos a corporaciones públicas como candidatos de ese Partido entre 1980 y 1988 y quienes mantuvieron una relación directa y públicamente reconocida con el Partido Nuevo Liberalismo (esta última acreditada por el Consejo Nacional del Nuevo Liberalismo) y ahora aspiren a ser elegidos en representación de ese Partido en las elecciones a celebrarse en 2022”; agrega el fallo.

Temas Relacionados:

Publicidad
Síguenos en nuestro canal de WhatsAppSíguenos en Google News